Tributaria

Aspectos importantes para la elaboración de la declaración de renta de persona natural año gravable 2021.

Cada año las personas naturales que cumplan con los requisitos estipulados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- deben declarar renta por el año inmediatamente anterior, esta declaración debe presentarse de acuerdo a los dos últimos dígitos de documento de identidad entre los meses de agosto y octubre del año 2022, la no presentación dentro de los plazos o la presentación con errores genera sanción de extemporaneidad o de corrección.

Como la normatividad fiscal en Colombia es cambiante, para la elaboración de la declaración de renta del año gravable 2021, se debe tener presente la siguiente normatividad: Ley 2010 de 20219, Decreto Legislativo 575 de 2020, y las Leyes 2040, 2064, 2068 y 2069 de 2020, así como algunos artículos de la Ley 2155 de 2021.

Teniendo en cuenta que hay una cantidad considerable de normas aplicables, en este artículo se pretende indicar una serie de pasos que se deben tener en cuenta para su correcta elaboración y presentación, los cuales son enumerados en la página de actualícese.com[1].

En primer lugar, lo que se debe revisar es si se está obligado a declarar renta, para ello se presenta la siguiente tabla con las condiciones que hacen que una persona natural sea o no declarante[2]:

Condiciones Valor en UVT[3] Valor UVT 2021 Valor en Pesos
Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a 4.500 36.308 $163.386.000
Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a 1.400 $50.831.000
Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a 1.400 $50.831.000
Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a 1.400 $50.831.000
Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a 1.400 $50.831.000

Elaboración propia

Una vez, revisado el cumplimiento de requisitos, el segundo paso es verificar el plazo que se tiene para presentar y pagar la declaración. De acuerdo al Decreto 1778 del 20 de diciembre de 2021 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el calendario para presentar la declaración de renta del año gravable 2021 es el siguiente:

Tomado de: https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx

Habiendo verificado la obligatoriedad y el plazo de presentación, el tercer paso es revisar que el Registro Único Tributario -RUT- tenga la responsabilidad 05 correspondiente a Impuesto de Renta y Complementarios Régimen Ordinario; que la cuenta de usuario en el sistema Muisca y el instrumento de firma electrónica estén funcionando correctamente y que el RUT esté actualizado con los datos de contacto y actividades económicas de manera correcta.

El cuarto paso a tener en cuenta es la elección del formulario correspondiente según el tipo de declarante. Si es residente fiscal en Colombia y no obligado a llevar contabilidad, el formulario a presentar es el 210: Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes. Si el contribuyente es no residente fiscal o está obligado a llevar contabilidad, el formulario que le corresponde presentar es el 110: Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar.

El quinto paso es la clasificación de ingresos de acuerdo con el sistema cedular. Se debe reportar los ingresos y deducciones de acuerdo a los conceptos y actividades desarrolladas, para el año 2021, las cédulas a reportar son: cédula general que contiene las rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales; cédula de pensiones y cédula de dividendos y participaciones[4].

Teniendo claro que se tiene la obligación de presentar renta, el contribuyente debe preparar la documentación requerida para su elaboración, el cual es el paso seis. Ejemplo de ello, son: certificaciones tributarias de las entidades financieras, certificados de ingresos y retenciones, certificados de retención en la fuente, certificado al accionista de inversiones en empresas, impuesto predial y de vehículos, soportes de compra o venta de activos, etc.

Una vez recopilada la información requerida, el séptimo y último paso es diligenciar correctamente el formulario correspondiente teniendo en cuenta las novedades y normatividad vigente para el año gravable 2021, diligenciar adecuadamente el borrador de la declaración en el sistema Muisca de la DIAN, firmar, presentar, generar el recibo oficial de pago y realizar el pago mediante PSE o en bancos dentro de los plazos estipulados por el gobierno.

Finalmente se recomienda revisar con tiempo los topes establecidos para saber si se es o no declarante de renta por el año gravable 2021, solicitar la documentación requerida y asesorarse de un profesional para presentar la declaración de renta de manera correcta y dentro de los plazos establecidos, de esta manera, se evita posibles sanciones e intereses de mora.

Elaborado por:
Amparo Benavides
Coordinadora B.P.O

Revisado por:
Ingrid Cárdenas
Abogada

Aprobado por:
Fernando Guzmán Acosta
Gerente General.

[1] Actualícese. Tomado de https://actualicese.com/guia-para-elaborar-la-declaracion-de-renta-de-una-persona-natural-ano-gravable-2021/ Consultado el 08 de junio de 2022

[2] Decreto 1778 del 20 de diciembre de 2021. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Artículo 1.6.1.13.2.7

[3] UVT. Unidad de Valor Tributario.

[4] Rankia. Tomado de https://www.rankia.co/blog/dian/3984841-cedulas-para-declarar-renta consultado el 08 de junio de 2022.