La insolvencia empresarial es la incapacidad que tiene un deudor, en este caso una sociedad por acciones simplificada -S.A.S.-, de no poder cumplir con sus obligaciones por carecer de medios líquidos, entendiéndose estos, por aquellos activos que se pueden hacer efectivos al momento de su venta. [1],[2] Esta situación puede darse en algún momento dentro de la cotidianidad empresarial o ante dificultad generalizada. Un ejemplo de esto son las consecuencias que trajo la crisis derivada por la pandemia del Covid-19. Así mismo, esta situación surge de la declaratoria de cumplimiento de alguna de las causales dispuestas en el artículo 34 de la Ley 1258 de 2008 y se inicia este proceso de insolvencia por medio de documento privado, en el cual se indica por parte del máximo órgano social la decisión de entrar en proceso de insolvencia, documento que es presentado ante las autoridades competentes. [3]
Se entiende como insolvencia a la situación de no poder pagar el dinero adeudado por parte de la empresa, la cual puede presentarse de manera técnica o de manera real, precisando que, la insolvencia técnica se refiere a que sus pasivos son mayores que sus activos y la insolvencia real es la incapacidad de un deudor para pagar su deuda, es decir, no tiene liquidez.[4]
Al declararse en insolvencia una sociedad por acciones simplificada -S.A.S.- se prosigue con la disolución y liquidación para esta sociedad comercial, teniendo en cuenta las causales dispuestas el artículo 34 de la Ley 1258 de 2008, relacionadas a continuación:
- “Por cumplimiento del término previsto en los estatutos, salvo que este haya sido prorrogado ante el registro mercantil antes de su vencimiento mediante documento escrito.
- Por declaración de la imposibilidad de la SAS para desarrollar las operaciones y/o actividades necesarias en la ejecución del objeto social.
- Por iniciación del trámite de liquidación judicial.
- Por cumplimiento de alguna de las causales de disolución previstas en los estatutos.
- Por decisión de la asamblea de accionistas; y en caso de un único socio, por decisión de este.
- Por orden de alguna entidad competente, la cual señale que la organización debe someterse obligatoriamente al proceso de disolución.
- Por pérdidas que generen una reducción del patrimonio neto de la sociedad por debajo del 50 % del capital suscrito.”[5]
Dado lo anterior, para que se inicie el proceso de disolución, se requiere de la formalidad del registro de un documento privado -un acta del máximo órgano social que manifieste esta declaratoria e indique alguna de las causales mencionadas anteriormente- o, de la ejecución del acto que contenga la decisión de la autoridad competente que manifieste el inicio del proceso de disolución de la sociedad comercial. Es solo, a partir de ese momento que se iniciará el proceso de disolución de una sociedad.[6]
Siguiente a ello, inicia el proceso de liquidación, el cual consiste en cancelar los pasivos de la sociedad, en repartir los remanentes (lo que queda)[7] y decretar a la persona jurídica en liquidación, esto último consiste en actualizar el Registro Único Tributario –RUT- e informar lo concerniente a las entidades competentes (Ej. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, Cámara de Comercio, proveedores o clientes y empleados).
A continuación, explicamos el proceso que se deberá hacer para pasar de disolución y entrar en liquidación:
“1. Realizar reunión de asamblea de accionistas donde deberá aprobarse la disolución, dejando documento de constancia la cual debe contener lo siguiente:
- Manifestación o explicación de la causal de disolución.
- Número de votos que aprueban la decisión
- Designación del liquidador. El liquidador es la persona natural que actúa como administrador y representante legal de la entidad en proceso de liquidación. [8]
- Registrar el acta de disolución ante cámara de comercio, entregando copia de este documento, el original debe reposar en los archivos de la sociedad.
- Reportar ante la oficina de cobranzas de la Dian las deudas fiscales de la sociedad. El liquidador tendrá plazo para realizar este proceso dentro de los diez (10) días siguientes al registro de la disolución en la cámara de comercio.
- Expresar por medio de avisos que se pongan en conocimiento público que la sociedad se encuentra en trámite de liquidación, los cuales deberán ser publicados por el liquidador en un periódico de amplia circulación del domicilio social, en las oficinas de la sociedad y en los establecimientos de comercio de ésta.”[9]
Es muy importante aclarar las funciones necesarias e indispensables que el Liquidador deberá ejercer en el proceso, las cuales son:
- “Elaborar un inventario del patrimonio social y el balance final de la sociedad, lo que tiene y con lo que cuenta al final del ejercicio de cierre. Así mismo, Él será el encargado de realizar el pago de los pasivos externos – deudas de la empresa – y de las obligaciones fiscales – Deudas con entidades gubernamentales -, así como efectuar la declaración de renta definitiva.
- Citar a asamblea en donde deberá solicitar aprobación del inventario realizado, el dato final de liquidación después de realizar los pagos de las deudas, si las hubiere.
- Distribuir lo que haya quedado entre los accionistas
- Elaborar el proyecto de liquidación, el cual debe tener el inventario, balance general, estado de pérdidas y ganancias, pasivos de la entidad si los hubiere, pago de pasivos, indicación y destinación del remanente, entre otros.
- Posteriormente, citar nueva reunión de asamblea de accionistas donde se presentará el proyecto de liquidación, indicando expresamente el monto del remanente, de igual forma referirse si no lo hay, aprobar la cuenta de liquidación con el número de votos de quienes lo aprueban e informar en este acto sujeto a registro, que éste será la aprobación final.
- Registrar el acta final ante cámara de comercio presentando copia legible.
- Solicitar a la Dian la cancelación del Rut y para esto se deberá adjuntar el certificado de la cancelación de la matrícula que expedirá la cámara de comercio.”[10]
En resumen, la liquidación de la sociedad comercial S.A.S. comprende tres pasos: la disolución, la liquidación y la extinción, este último suponiendo la ejecución de la totalidad de las gestiones necesarias para que la sociedad finalice su existencia.
Elaborado por:
Elizabeth Vargas
Contadora
Revisado por:
Ingrid Cárdenas
Abogada
Aprobado por:
Fernando Guzmán Acosta
Gerente General.
[1] Insolvencia, Conceptos jurídicos, tomado de: https://www.conceptosjuridicos.com/insolvencia/, consultado el 10 de junio de 2022.
[2] Joaquín López, Activo líquido, tomado de: https://economipedia.com/definiciones/activo-liquido.html , consultado el 10 de junio de 2022.
[3] Derecho Comercial. Régimen de Insolvencia Empresarial, tomado de: https://actualicese.com/especial-actualicese-regimen-de-insolvencia-empresarial/ , consultado el 10 de junio de 2022 .
[4] Fundación Wikimedia, Insolvencia, tomado https://es.wikipedia.org/wiki/Insolvencia , consultado el 10 de junio de 2022.
[5] L. 1258/2008. Art. 34. Tomado de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1258_2008.html, consultado el 10 de junio de 2022.
[6] Derecho Comercial. Régimen de Insolvencia Empresarial, tomado de: https://actualicese.com/especial-actualicese-regimen-de-insolvencia-empresarial/ , consultado el 10 de junio de 2022.
[7] Real Academia Española, remanente, tomado de https://dle.rae.es/remanente , consultado el 10 de junio de 2022.
[8] Superintendencia de Sociedades, Liquidador, tomado de https://www.supersociedades.gov.co/Servicio_Ciudadano/Paginas/preguntas_frecuentes/funciones_sociedad_comercial.aspx , consultado el 10 de junio de 2022
[9] Especiales Actualícese Comercial, Régimen de Insolvencia Empresarial, PDF, 18 de noviembre de 2021, página 24 tomado de https://actualicese.com/especial-actualicese-regimen-de-insolvencia-empresarial/, consultado el 10 de junio de 2022
[10] Especiales Actualícese Comercial, Régimen de Insolvencia Empresarial, PDF, 18 de noviembre de 2021, página 24 tomado de https://actualicese.com/especial-actualicese-regimen-de-insolvencia-empresarial/, consultado el 10 de junio de 2022